Lo hizo a través de la resolución 363/2024, publicada este viernes en el Boletín Oficial, donde se reglamentan los artículos 106 y 107 del Código Aeronáutico (Ley 17.285).
Mediante esta reglamentación el Gobierno Nacional delega en la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) la implementación de los procedimientos necesarios de autorización para que personal extranjero desempeñe funciones aeronáuticas en los servicios aerocomerciales, así como también la utilización de aeronaves de matrícula extranjera a operar en nuestro país cuando una aerolínea lo requiera.
La reglamentación se efectúa luego del decreto Nº 844/2024, del 23 de septiembre, en el cual el Poder Ejecutivo encomendó en la ANAC el otorgamiento de autorizaciones para para operaciones aerocomerciales con personal y aeronaves con matrícula extranjera y su reglamentación técnica correspondiente, conforme a los estándares internacionales y regionales.
De esta manera, el Artículo 106 del Código Aeronáutico permitirá el empleo de personal extranjero en la aeronáutica argentina, bajo un plan de justificación de la tripulación, capacitación y validación de sus licencias.
A través del Artículo 107, se permitirá la incorporación de aeronaves matriculadas en el extranjero en aviación comercial y general a través de determinados procesos y cumplimentando estándares internacionales.
Para realizar dichas excepciones, la ANAC solicitará a las líneas aéreas interesadas toda la documentación pertinente para que tanto el personal aeronáutico pueda prestar los servicios en nuestro país como las aeronaves puedan operar.
Los requisitos incluyen los planes de capacitación de los tripulantes junto con las habilitaciones técnicas y médicas correspondientes.
En el caso de las aeronaves, deberán presentar toda la documentación que avale las condiciones técnicas y de mantenimiento, junto con los certificados que demuestren las condiciones de aeronavegabilidad de las mismas.
“Así, se deja atrás una política aeronáutica que ha limitado el desarrollo de esta industria, pilar fundamental de la integración federal y del desarrollo económico y turístico. La reforma del Código Aeronáutico conlleva la necesidad de adecuar y dictar una nueva reglamentación, de conformidad con los estándares internacionales en materia de comercio de bienes y servicios, procurando armonizar el régimen interno con el de los demás países de la Región y del mundo”, sostuvo la ANAC, a través de un comunicado.
Anunciaron acciones legales
La Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), anunció el inicio de acciones legales contra la reglamentación de la operación de aeronaves y tripulaciones extranjeras dispuesta por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
El gremio hizo el anuncio mediante un comunicado publicado a través de la red social X, donde cuestiona la decisión gubernamental.
“La ANAC ha establecido nuevas normas para permitir la incorporación de aeronaves y pilotos extranjeros. Esto se basa en el DNU 70/2023, que modifica el Código Aeronáutico argentino”, comienza indicando el comunicado. Y sostiene que “estas decisiones afectan gravemente a nuestra industria aeronáutica nacional. Si tenemos pilotos argentinos habilitados y capacitados, no hay razón para implementar este procedimiento”.
Argumentan que “esta medida no solo pone en riesgo el empleo de quienes trabajan arduamente para garantizar la seguridad en nuestros cielos, sino que también atenta contra nuestra soberanía”.
“APLA está tomando acciones legales para impugnar esta nueva reglamentación, que se apoya en un DNU que ya ha sido declarado inconstitucional por la Justicia”, agregan y reiteran que “en APLA, rechazamos con firmeza las decisiones que no protegen el trabajo de nuestros profesionales”.
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