Compre sin IVA: los puntos más importantes a saber para obtener la devolución del impuesto
Los productos, el alcance y los requisitos de la medida anunciada por el Ministerio de Economía.
Los productos, el alcance y los requisitos de la medida anunciada por el Ministerio de Economía.
Tras conocerse el elevado dato de inflación correspondiente a agosto, el Ministerio de Economía anunció en la jornada de ayer la ampliación del programa ”Compre sin IVA” para trabajadores y monotributistas. El mismo estaba destinado a los jubilados y pensionados que perciben hasta tres haberes mínimos y los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
Los principales puntos a saber sobre el programa de reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA):
Se reintegrará la totalidad del IVA de los productos de la canasta básica (21% del valor de los productos), con un tope de $18.000 mensuales por beneficiario. Para que la devolución sea de $18.800, la compra deberá ser de $89.523. Este monto incluye solo los productos de la canasta básica.
El dinero será acreditado en la cuenta del beneficiario en un plazo de 48 horas.
La Canasta Básica Alimentaria del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) para un adulto incluye:
Si. El reintegro es a la compra.
El pago debe ser con tarjeta de débito. Por el momento no estarán contempladas las operaciones realizadas por billeteras virtuales u otros medios de pago asociados a las cuentas bancarias, como los caso de Mercado Pago, MODO, Ualá, entre otras.
La tarjeta de débito permitida es la de cuenta sueldo. Es decir que no puede darse el reintegro si es una tarjeta adicional o tarjetas prepago.
No. El límite mensual de reintegro es por persona y no por grupo familiar, y no es acumulable: lo que significa que si una persona es monotributista y, al mismo tiempo, trabaja en relación de dependencia, tendrá un límite de $18.800.
No. La tarjeta de débito debe ser física por lo cual el reintegro sólo es válido para compras presenciales.
Si, mientras que sean con débito se pueden utilizar promociones bancarias y acumular descuentos.
No se debe realizar ningún trámite, ya que los reintegros serán automáticos en todos los comercios, supermercados, minimercados, mayoristas, verdulerías, carnicerías, fruterías, que vendan este tipo de productos y estén debidamente registrados en la actividad formal.
La ampliación del programa comenzará a regir cuando lo disponga el decreto correspondiente, una vez que sea publicado en el Boletín Oficial. Se estima que será a partir del próximo lunes 18 de septiembre y que se extienda hasta el 31 de diciembre.
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